30º ANIVERSARIO DE LA PELÍCULA “LA INSÓLITA Y GLORIOSA HAZAÑA DEL CIPOTE DE ARCHIDONA”

Archidona, la “Arcis Domina” o señora de las alturas romana con su plaza ochavada, es una bella localidad de rico patrimonio declarada conjunto histórico-artístico en 1980. No obstante es más conocida por una peculiar historia que ocurrida el año 1.971 se convirtió en el argumento de una película, "La insólita y gloriosa hazaña del cipote de Archidona", estrenada en España el 2 de Marzo de 1979, es decir, hace ahora 30 años. Esta película, a su vez, se basó en la obra epistolar homónima que Camilo José Cela (1916-2002) plasmó en 1977 en la colección “La Sonrisa Vertical” de la Editorial Tusquets de Barcelona. Dirigió la película Ramón Fernández con guión de Manuel Vidal y Camilo José Cela; a cargo de la fotografía estuvo Fernando Arribas y de la música Gregorio García Segura; intérpretes fueron el mismo Camilo José Cela y los actores Antonio Gamero, Francisco Algora, Isabel Luque, José Lifante, José Manuel Cervino Josele Román, Laly Soldevila, Luis Barbero, Luis Ciges, Manuel Alexandre y Rafaela Aparicio.

El auténtico alcance del fenómeno social originado en torno a la difusión del hecho, el libro y la película, puede resultar difícil de comprender desde la perspectiva de la España actual, y los textos que a continuación se citan y comentan, evidentemente hirientes para algunos archidonenses vivos, poseen un innegable valor antropológico. Para comprender aquellos años valen las palabras que entresaco del libro de Luis Alonso Tejada “La represión sexual en la España de Franco” (1977), en la edición del Círculo de Lectores (que por cierto cita el asunto que tratamos en las páginas 226 y 227):

El momento cumbre de estas peregrinaciones cinematográficas [se refiere a quienes iban a Francia a ver películas de contenido erótico no permitidas en España] tuvo lugar con ocasión de la proyección, a comienzos de 1973, de la película de Bertolucci El último tango en París. (…) Entre enero y junio de 1973, ciento once mil personas vieron la película en Perpiñán, ciudad que cuenta con apenas cien mil habitantes. El espectacular torrente humano que cada fin de semana se encaminaba desde toda Cataluña hacia Perpiñán provocó comentarios para todos los gustos. (…) La España negra de la posguerra se batía en retirada ante el empuje de una nueva sociedad más humana y relajada, capaz de encajar con tolerancia, humor y regocijo los titubeos, tropezones y torpezas de una generación que se embarcaba en las aventuras del sexo liberado. Ninguno de los singulares trances que se sucedieron alcanzó tanta difusión como la gloriosa gesta del cipote de Archidona”. Poco después comenzaría el fenómeno conocido con “el desafortunadísimo término de “destape”, voz peyorativa, casi vergonzante, con que se pretende designar el desnudo erótico en el cine, teatro, espectáculos y revistas ilustradas…” para concluir que “si bien es cierto que el destape ha consistido primordialmente en la exhibición de desnudos anatómicos, sobre todo femeninos, también lo es que como fenómeno social ha tenido profundas concomitancias con la divulgación y pública ostentación de hechos y conductas no consecuentes con la moralidad tradicional”.

Uno de aquellos hechos es el que nos cuenta Cela, y que según la Sentencia reproducida más adelante quedó "probado (…) que el día 31 de octubre de 1971, en el cine (…) durante la representación de un espectáculo de cante flamenco, la procesada (…) masturbó a su novio (…) teniendo éste el órgano viril fuera del pantalón, lo que motivó que salpicara de semen (…) causando desperfectos en (…) ropas, pericialmente valoradas en 3500 ptas., y 1600 ptas. respectivamente; y puesto en conocimiento de la Policía Municipal lo ocurrido, los procesados fueron expulsados del local, con la consiguiente publicidad”. El acontecimiento trascendió haciendo a Cela decir: "íBendito sea Dios Todopoderoso, que nos permite la contemporaneidad con estos cipotes preconciliares y sus riadas y aun cataratas fluyentes! Amén. íViva España! ¡Cuán grandes son los países en los que los canijos son procesados por causa de siniestro!".

En el libro de 1977 ("La Insólita y gloriosa hazaña del cipote de Archidona"), Cela, el Premio Nobel de Literatura en 1989, incluye su correspondencia con Alfonso Canales Pérez, el acta del juicio, así como lo que se suponen cartas, poemas y dibujos enviados por otras personas. Alfonso Canales, nacido en Málaga en 1923, estudió Derecho y Filosofía y Letras en la Universidad de Granada, doctorándose en la primera de las dos carreras; Fiscal del Estado ejerció en la provincia de Málaga al tiempo que fue profesor de Música en el Conservatorio y de Historia del Arte y Literatura en el Seminario de esa ciudad; desarrolló una actividad poética; en su poema “Los años” expresa: "Feliz aquel que puede las causas de las cosas / adivinar temprano, / mas el que se retarda / adrede, no queriendo que se le esconda, / llega más lejos: día / tras día desenvuelve / un camino que otros ya encontrarán pisado / y transitable ".

Para comprender la forma en que Cela abordó el asunto que comentamos debemos considerar un dato y una anécdota. El dato es que Senador por designación real en las primeras Cortes Generales de la Transición hasta 1979 tomando parte activa en la revisión que el Senado hizo del texto constitucional elaborado en el Congreso de los Diputados aportando una enmienda consistente en denominar a la lengua oficial del Estado como "castellano o español". La anécdota es la producida cuando otro Senador le llamó la atención diciéndole al verle amodorrado en su escaño: “¡Señor Cela, está usted durmiendo!”, a lo que respondió: “No, estoy dormido”. Objetando el primer Senador: “¡Es lo mismo!” Cela concluyó “-No, no es lo mismo. No es igual estar durmiendo que estar dormido, al igual que no es lo mismo estar jodiendo que estar jodido”. Estos antecedentes permiten comprender que los habitantes de Archidona, especialmente los protagonistas de la historia que vamos a referir y sus allegados, lleguen a pensar que este escritor los jodió o dejó jodidos al contribuir a difundir de manera hilarante la historia que nos ocupa.

Y entrando ya al asunto, Cela nos cuenta que ”Este pintoresco trance que al margen del buen deseo de mi corresponsal y mío, tuvo una inusitada difusión, pienso publicarlo ahora que es ya de dominio público en edición de Bibliófilo y bajo el título Crónica del ejemplar suceso conocido por el nombre de la insólita y gloriosa hazaña del cipote de Archidona que, acariciado por una mano amante, se disparó en público y a destiempo e hizo estragos en la población civil. Es fruto de la feliz coyunda de la casualidad, el rijo y los eternos valores de la raza. La cuentan en sus cartas, con pelos y señales, sin decir mentira ni ocultar la verdad y respondiendo de que es cierto todo cuanto en citas se dice, el excelentísimo señor don Camilo José Cela, individuo de número de la Real Academia Española y el ilustrísimo señor don Alfonso Canales, miembro correspondiente de la misma docta corporación, quienes la publican para solaz de aficionados y curiosos, escarmiento de cachondos y lección de todos y todas. Su documentación, citada por orden cronológico, es la siguiente:

1- El doctor Rafael León, teniente de alcalde delegado de Cultura del excelentísimo Ayuntamiento de Málaga, me dice en tarjeta sin fecha: Pídele a Alfonso Canales que te cuente lo del cine de Archidona.

2- El 1 de febrero de 1972 escribo a Alfonso Canales:
- Querido Alfonso:
¿Por qué no me cuentas lo del cine de Archidona? Hasta aquí me llegaron los rumores ahogados por demasiada confusión.
Un fuerte abrazo.

3- El 3 me responde:
-Querido Camilo José:
Con mucho gusto te relataré el incidente a que te refieres en tu carta.
La cosa ha acaecido en Archidona muy cerca de donde se halla la célebre Peña de los Enamorados. Una pareja -no consta que fueran novios formales- se encontraba en el cine deleitándose con la contemplación de un filme musical.
La música o las imágenes debían ser un tanto excitantes, porque a ella, según tiene declarado, le dio -no sabe cómo- el volunto de asirle a él la parte más sensible de su físico. El cateto debía ser consentidor, pues nada opuso a los vehementes deseos de su prójima. Dejóle hacer complacido, sin previsión de las consecuencias que habría de tener su regalada conducta.
Según parece, el manipulado, hombre robusto por demás, era tan virgen como López Rodó o, al menos, llevaba mucho tiempo domeñando sus instintos: El caso es que, en arribando al trance de la meneanza, vomitó por aquel caño tal cantidad de su hombría, y con tanta fuerza, que más parecía botella de champán, si no geiser de Islandia.
Los espectadores de la fila trasera, y aun de la más posterior, viéronse sorprendidos con una lluvia jupiterina, no precisamente de oro. Aquel maná caía en pautados chaparrones sin que pareciera que fuese a escampar nunca.
Alguien clamó airadamente identificando el producto e increpando con soeces epítetos al que lo producía en cantidades tan industriales.
Se hizo la luz. El cateto pensó que la tierra, en eso de tragarse a los humanos, obra con una censurable falta de oportunidad. Doblemente corrido, trataba en vano de retornar a su nido la implacable regadera. Su colaboradora ponía cara de Santa Teresita de Lisieux, aunque con más arrebolen las mejillas. Ambos fueron detenidos y conducidos a la presencia judicial, lo que ocasionó que se incoara el oportuno sumario por escándalo público, a falta de otra tipificación más especificadora.
El juez hizo el ofrecimiento de acciones a los polutos, quienes no sólo quedaron enterados, sino que presentaron justificantes de los daños y perjuicios. Un prestigioso industrial incorporó a los autos la factura del sastre que había confeccionado su terno, que devino inservible. Y una señora, de lo más granado de la sociedad archidonense, presentó la cuenta de la peluquería donde, al siguiente día, hubo de hacerse lavar el cabello (el fiscal no acaba de explicarse cómo pudo pasar la noche sin un lavado casero de urgencia).
Como primera providencia, puesto que así lo imponen las reglas de la moral, los intérpretes del raro suceso han contraído honesto matrimonio.
¡Gran equivocación! Imagínate lo que hubieran podido prosperar, en cualquier parte del mundo, tanto el prepotente poseedor de la manguera como su eficaz partenaire.
La causa está ahora en trámite de calificación. Cuando se dicte la sentencia, te proporcionaré una copia.
Será un documento acreditativo de las reservas, no meramente espirituales de nuestra recia estirpe.
Un fuerte abrazo.

Con afán ilustrativo y por haberse citado en el texto a López Rodó, hago un inciso en el texto reproducido para aclarar que Laureano López Rodó (1920-2000) fue un político, jurista y abogado español, miembro del Opus Dei, Ministro en Gobiernos de Franco y de la Transición, uno de los principales responsables del desarrollo económico español de los años sesenta en España y de la Ley para la Reforma Polític. Por otra parte, Teresa de Lisieux o Santa Teresita del Niño Jesús (1873-1897) fue una monja carmelita descalza y Doctora de la Iglesia Católica, cuyo verdadero nombre era María Francisca Teresa Martín Guerin, beatificada en 1923, canonizada en 1925 y proclamada Patrona de la misiones en 1927 a pesar de nunca haber abandonado el convento de Lisieux.

El mismo afán ilustrativo que mueve a la inclusión de las notas biográficas precedentes hace puntualizar que la expresión “meneanza” usada en el texto no cuenta con entrada en el Diccionario de la Real Academia a pesar de que la mayoría de los lectores podrá comprender su sentido.

Cela continúa indicando el siguiente documento de la relación.

4- El 7 le contesto:
Querido Alfonso:
¡Bendito sea Dios Todopoderoso, que nos permite la contemporaneidad con estos cipotes preconciliares y sus riadas y aun cataratas fluyentes! Amén. ¡Viva España! ¡Cuán grandes son los países en los que los carajos son procesados por causa de siniestros! El suceso muy bien pudiera originar la aparición de una frase adverbial aún no nacida -"como el Cipote de Archidona"- señaladora de óptima calidad y desaforada cantidad. Te ruego que trasmitas a la excelentísima Diputación Provincial de Málaga mi propuesta de que le sea tributado un homenaje de ámbito nacional al dueño de la herramienta, honra y prez de la patria y espejo de patriotas.
Podría levantarse en su honor un monolito granítico con una farola en la punta del haba -el falofaro de Archidona- visible desde la costa de África; podrían editarse tarjetas postales y fabricarse cipotillos de solapa; podría incluirse la contemplación de tanta gloriosa prepotencia en el programa de los cursos de verano para extranjeros. ¿Os dais cuenta los malagueños, mi querido Alfonso, de lo didáctico que resultaría? ¡A qué lindes insospechadas de progreso nos ha llevado el III Plan de Desarrollo y la sabia política de nuestros beneméritos tecnócratas, a quienes Dios guarde para mejor lección de todos! Entre nuestro común amigo don Lupercio Leonardo de Argensola y yo hemos compuesto, en loor del pijo histórico, el poema que paso a copiarte:

Soneto

Claro cipote, cuya frente altiva
cubre de nubes tan tupido velo
que nos hace creer que en ella el cielo
y en sus cojones su razón estriba.
En ti mostró su boca vengativa
el gran león, forzado de su celo,
y en ti de voluntad empieza el vuelo
el goterón de leche en lavativa.
Hoy proclama la gloria de Archidona
que anegas con tus huevos a su gente
por tu fluidora pija perseguida.
Hoy el mundo en tu justo honor pregona
que salvo incordio, chancro o accidente,
no hay pija cual tu pija en esta vida.

Un abrazo de tu emocionado y viejo amigo”.

Abro un paréntesis en la lectura del texto reproducido para aclarar que leído el soneto no sé a qué escritor nombrando como ”común amigo don Lupercio Leonardo de Argensola” pudiera referirse si no fuese al poeta de igual nombre que vivió entre 1559 y 1613 autor entre otros versos del titulado “Al sueño” en el que dice: “Dentro quiero vivir de mi fortuna / Esos cabellos en tu frente enjertos / Imagen espantosa de la muerte, / Llevó tras sí los pámpanos otubre, / No fueron tus divinos ojos, Ana, / Si quiere Amor que siga sus antojos”. Este es el mismo Lupercio Leonardo Argensola al que posiblemente Lope de Vega respondiendo una crítica, hoy perdida, en la que era recriminado de retratarse obsesivamente en su obra: “Que no escriba decís o que no viva? / Haced vos con mi amor que yo no sienta, / que yo haré con mi pluma que no escriba
”.

Continúa Cela explicándonos los hechos de Archidona:

“5- El 9 vuelve a escribirme.
-Querido Camilo José:
Gracias a cartas como la tuya del 7, mi correspondencia se venderá, cuando ya estemos tranquilos, a tan buen precio como hoy se vende la de Valera y mi tío-abuelo Serafín Estébanez. Eso saldrán ganando los Bancos, que no nuestra descendencia, de la que, por otra parte, ya se ocupará el Instituto Nacional de Previsión.
Acojo con entusiasmo tus sabias sugerencias en torno al prodigioso Carajo de Archidona, que tanto de sí supo dar, "dulcemente meneado".
Aún creo que podrían añadirse algunas, muy aprovechables, si la excelentísima Diputación desea "promocionar" los soterrados atractivos de los enclaves provinciales más apartados de la costa; las agencias de turismo han de organizar excursiones al lugar del suceso, donde se montarían –eso surge siempre de modo espontáneo- comercios de artesanía local, en los que se podrían adquirir, en diversos materiales, veras reproducciones del falo protagonista o de la mano que suscitó su explosión: y los más avisados, si llegan a un acuerdo con los mayoristas, expenderían reliquias -de colgar, de mesa, de pared-, con porcioncitas del traje mancillado del señor de la fila trasera o con mechoncitos de pelo almidonado de la señora que hubo de purificarse, veinticuatro horas más tarde de la regada de litis con champú al huevo, mas luego, vendrían las falsificaciones e incluso los cipotes en oro alemán, con un termómetro a lo largo del bálano y una brújula haciéndose sitio sobre el rafe de los cojones. Si la villa de Archidona no prospera, no será porque no se la han puesto en bandeja de plata. Que no se queje después.
Pienso incluso que deberíamos elevar una moción al afortunado cabildo, para que luego no digan que los intelectuales no avisan cuando advierten de la prosperidad en los cada vez más despoblados medios agricultores.
Pepe Luis Estrada se resiste a publicar el soneto argensolicocelesco en Caracola. Le sigue teniendo miedo al espectro de Arias Salgado. Pero Archidona celebra cada año unos juegos florales, en los que los asiduos del género han cantado sus recoletos encantos: El trofeo es un pisapapeles que representa la archidonense plaza ochavada. Podríamos proponer que el premio consistiera, desde ahora, en un consolador trabajado en material noble. Si tú no quieres ser el mantenedor, podrías optar al raro galardón; con tu emotivo poema y rifar luego el olisbo, con la seguridad de que media nómina de los vates españoles -quizás me quede corto- tomaría papeleta.
Un fuerte abrazo de tu buen amigo.

6- El 3 de marzo, la Audiencia de Málaga pronuncia su sentencia.
-En la ciudad de Málaga, a 3 de marzo de 1972.
Vista en juicio oral a puerta cerrada por la Sección 3ª de esta Audiencia, la causa procedente del Juzgado de Instrucción de Antequera, seguida por el delito de escándalo público contra A. A. M. hijo de E. y de R., de 24 años de edad, natural de Loja (Granada), vecino de Archidona, de estado soltero, de oficio obrero agrícola, de buena conducta, con instrucción, sin antecedentes penales, declarado insolvente, en libertad provisional, y P. B. A. hija de C. y de D., de 18 años de edad, natural y vecina de Archidona, de estado soltera, de oficio sus labores, de buena conducta, con instrucción, sin antecedentes penales, insolvente, en libertad provisional, representados por el procurador D. Manuel Gómez Jiménez de la Plata, siendo parte el Ministerio Fiscal y ponente el magistrado D. Manuel Rodríguez López.
Resultado de la sentencia:
1º RESULTANDO probado, y así se declara que el día 31 de octubre de 1971, en el cine Archidona, de la ciudad de Archidona, durante la representación de un espectáculo de cante flamenco, la procesada P. B. A. masturbó a su novio, el procesado A. A. M., teniendo éste el órgano viril fuera del pantalón, lo que motivó que salpicara de semen a los también espectadores R. B. V. y a su esposa M. I. C. R., causando desperfectos en sus ropas, pericialmente valoradas en 3500 ptas., y 1600 ptas. respectivamente; y puesto en conocimiento de la Policía Municipal lo ocurrido, los procesados fueron expulsados del local, con la consiguiente publicidad.
2º RESULTANDO que por el Ministerio Fiscal se clasificaron definitivamente los hechos procesales como constitutivos, de un delito de escándalo público previsto y castigado en el artículo 431, párrafo 1º, del código penal, designando como autores a los procesados y no apreciando circunstancia modificativa del mismo cuerpo legal, solicitó se les impusieran las penas de tres meses de arresto mayor, 15000 ptas. de multa y nueve años de inhabilitación especial, accesorias y costas y a indemnizar, conjunta y solidariamente, a R. B. en 3500 ptas, y a M. I. en 1600 ptas.
3º RESULTANDO que la defensa de los referidos procesados en sus conclusiones también definitivas, manifestó que era disconforme con las conclusiones del Ministerio Fiscal, por estimar que sus patrocinados no son autores del delito de escándalo público que se les imputa.
1º CONSIDERANDO que los hechos que se declaran probados constituyen un delito de escándalo público previsto y penado en el Código Penal en el artículo 431, párrafo 1º, pues dicho delito se integra por dos factores, la comisión de un acto moralmente reprochable y su realización en público, en condiciones que pueda ser percibido por otras personas, por ser el pudor social el bien jurídico protegido en esta clase de delitos, y es evidente que el poner al descubierto un hombre su miembro viril y dejarse masturbar por su acompañante en un cine, durante una función a la que concurrían otras personas, constituye una ofensa que se infiere al pudor público y a las buenas costumbres, hecho que tuvo publicidad por la obligada intervención de la Policía para evitar el bochornoso espectáculo, aparte de que la característica del delito no radica en la mayor o menor divulgación de los actos ofensivos del pudor o de las buenas costumbres, sino en la buena naturaleza o por la gran turbación que causan en la conciencia de quienes lleguen a conocerlos, por muy reducido que sea su número.
2º CONSIDERANDO que del referido delito son responsables originalmente, en concepto de autores, los procesados P. B. A. y A. A. M. por haber tomado parte directa y voluntaria en su ejecución.
3º CONSIDERANDO que en la ejecución de dicho delito no es de apreciar circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal.
4º CONSIDERANDO que toda persona responde criminalmente de un delito, lo
es también civilmente y debe ser condenada al pago de las costas procesales.
Vistos, los citados artículos del Código Penal 141, 142, 239, 240 y 742 de la Ley Procesal.
Fallamos: Que debemos condenar y condenamos a los procesados P. A. M. y A. A. M. como autores de un delito ya definido de escándalo público a cada uno
a las penas de dos meses de arresto mayor, multa de 10000 ptas. y seis años y un día de inhabilitación especial para el cargo de guarda y tutela de menores, con la accesoria de suspensión de todo cargo público, profesión, oficio y derecho de sufragio durante las respectivas condenas de arresto mayor con apremio personal de treinta días de arresto si no hicieran efectivas dichas multas en el plazo de dicha audiencia, y a indemnizar mancomunada y solidariamente a los perjudicados R. B., en 3500 ptas. y a M. I. C. en 1600 ptas. y al pago de las costas procesales por mitad, siéndole de abono para el cumplimiento de dicha condena todo el tiempo que han estado privados de libertad por esta causa.
Y aprobamos por sus fundamentos y con las reservas que contiene el auto de
insolvencia consultado.
Así por esta nuestra sentencia definitivamente juzgando la pronunciamos, mandamos, y firmamos.
José R. Ortega - M. Rodríguez Francisco Román. Rubricados.
Publicación, leída y publicada la anterior sentencia por el Sr. Magistrado Ponente estándose celebrando la audiencia pública en el día de su fecha.
Certificado. A. P. L. l. Rubricado.

7- Querido Camilo José:
No conocí hasta hoy la sentencia dictada por la ilustrísima Audiencia de Málaga contra los amantes de Archidona, y eso puede servir para justificar algunos errores adolecidos: el hecho no ocurrió durante la proyección de una película, sino cuando se celebraba un espectáculo flamenco (eso le da a la cosa más color local y también más valentía); el feliz propietario del instrumento no nació en Archidona, sino en Loja (lo que va a ocasionar una disputa entre Málaga y Granada, provincias muy enfrentadas ya por otras emulaciones); a la damnificada no la indemnizan por el lavado de cabello, sino por el mancillado de la vestimenta... Si este acontecimiento hubiera tenido lugar en el siglo XVI o en el siglo XVII, no hubiera obtenido una sanción tan favorable.
Te recomiendo que leas el libro de Pedro Herrera Puga, Sociedad y Delincuencia en el Siglo de Oro (Universidad de Granada 1971).
Un fuerte abrazo
”.

Hago otro breve inciso para aclarar que el título completo del libro citado es "Sociedad y delincuencia en el Siglo de Oro: aspectos de la vida sevillana en los siglos XVI y XVII", escrito por Pedro Herrera Puga y con prólogo de José Cepeda Adán, publicado en 1971 por el Servicio de Publicaciones de la Universidad de Granada.

8- El 19 de abril y desde Madrid, el doctor J. de A.; Profesor Adjunto de Patología, me escribe la siguiente carta.
Muy Sr. Mío:
He entrado en conocimiento y con júbilo (como hombre y español que no como
católico), del episodio que ya por el país viene en llamarse el "asunto de Archidona" o, más llanamente "La paja de Archidona". La cuestión, a mi modo de ver es importante y no la debemos dejar pasar. Bien es cierto que debe ser exaltada literariamente como una epopeya de la raza, como un aldabonazo a aquellas conciencias adormecidas que piensan que el garbanzo y la paja han ido haciendo decrépita, secularmente, nuestra raza. Pero no es menos cierto que la cuestión necesita un enfoque científico y he aquí la razón de esta carta y de las molestias que conlleva para usted: el "Asunto de Archidona" o, más llanamente "La paja de Archidona", debe estudiarse científicamente.
Hemos sostenido, en algunos trabajos realizados por un equipo rigurosamente científico, con el asesoramiento de diversas colaboradoras escandinavas, conocedoras de la cuestión a nivel internacional, que la potencia de la musculatura peneal y vesicoexcretora del varón español está muy por encima del resto de los varones, y se aproxima a la del toro. Y a ello -hemos insistido en contra de otras autoridades en la materia- han contribuido poderosamente la Paja autóloga (más raramente heteróloga) que se practica en España desde tiempo inmemorial con tenacidad sorprendente.
La casualidad ha querido (y seguramente también San Cosme y San Damián, patrones de la Fisiología) que en un bello pueblo español haya aparecido el caso necesario para demostrar nuestra hipótesis.
Formamos un grupo apretado de médicos, científicos e investigadores, al cual se ha unido un físico, especialista en las leyes de Poiseuille y Venturi y en la educación de la Dinámica de los equipos de Reynolds, y ha prometido su colaboración el funcionario municipal encargado del uso y la conservación de las mangueras de riego.
El grupo puede ser eficaz.
Para comenzar el estudio necesitamos los siguientes datos, que si están en sus manos (expresión figurada), le ruego que nos los remita.
a) Medidas pijométricas del varón en cuestión.
b) Altura alcanzada por el producto y, a ser posible, gráfica de la trayectoria.
c) Hábito anterior de esparcimiento autólogo (entiéndase expansiones pililares en régimen de autoservicio). Si es posible, anótese ritmo y frecuencia, y si el varón en cuestión es, al respecto que nos interesa, diestro, siniestro o ambidextro.
d) Número de vaivenes que la fuerza motriz necesitó para obtener el feliz resultado.
e) Finalmente, sería interesante conocer, aunque no imprescindiblemente, si el varón en el momento de producirse el feliz resultado, exhaló algún alarido de satisfacción o todo se realizó con el habitual quejido suspiroso.
Anótese si en el momento se produjo caída de baba y vizquera transitoria.
Con estos datos creo que podemos trabajar. ¡Quiera Dios, y también San Cosme y San Damián, que obtengamos buenos resultados! Si ello fuera así, lograríamos reivindicar, en parte, la maltrecha fisiología del varón hispano, con las consecuencias indudables y beneficiosas que ello tendría de cara al turismo y, quizá, al Mercado Común.
Y para nosotros sería una gran satisfacción científica haber descrito el primer caso de síndrome que, dentro de poco, puede ser conocido en la literatura científica internacional, como "orgasmus hipertónicus archidonensis".
Sin otro particular, pues, a la espera de su valiosa colaboración, le saluda atentamente
.”

Hago una interrupción en la lectura del texto reproducido para aclarar que de los Santos Cosme y Damián, torturados, quemados vivos y aseteados hacia el año 300 siendo Emperador Diocleciano, nos cuenta San Gregorio de Tours (538-594) en su libro “De gloria martyrium” que "Los dos hermanos gemelos Cosme y Damián, médicos de profesión, después que se hicieron cristianos, espantaban las enfermedades por el solo mérito de sus virtudes y la intervención de sus oraciones (…). Coronados tras diversos martirios, se juntaron en el cielo y hacen a favor de sus compatriotas numerosos milagros. Porque, si algún enfermo acude lleno de fe a orar sobre su tumba, al momento obtiene curación. Muchos refieren también que estos Santos se aparecen en sueños a los enfermos indicándoles lo que deben hacer, y luego que lo ejecutan, se encuentran curados. Sobre esto yo he oído referir muchas cosas que sería demasiado largo de contar, estimando que con lo dicho es suficiente".

“9- El 29 le contesto.
Muy Sr. mío y amigo:
Le agradezco, como español y patriota, su generoso diagnóstico sobre la musculatura de la pita hispánica, orgullo del país y espejo de foráneos.
Como jamás negué mi colaboración a la Ciencia, ahí van los datos que me pide.
a) De forma cilíndrica, o quizá levemente troncocónica, el cipote de Archidona da, en estado de lucimiento y descapullez, las siguientes medidas: diámetro de la base, 8,5 cm.; longitud, 42 cm.; diámetro de la cúspide, 7,6 cm. ¡Que los clementes dioses lo bendigan!
b) El mozo archidonero se corrió de cuchara, esto es, hacia atrás y por encima de la cabeza, como chutaba Zarra, y su engrudo vital, en el suceso que nos ocupa, describió una trayectoria parabólica de 2,40 m. de alcance. Como verá se trata de un problema de balística y opino que quizá fuera prudente que consultara usted a un artillero.
c) Acostumbra a autocascársela tres veces al día, al despertarse, de postre del almuerzo y al acostarse para adecuar los buenos sueños, salvo moza propicia a la que, claro es, no desaira. Su ritmo es rápido y breve y no suele pasar más allá de los primeros compases del pasodoble El Gato Montés. Le zurra con la derecha porque, dada su edad y prepotencia, no precisa cambiar de mano.
d) La despiadada catarata se produjo al quinto vaivén profundo, tras no más de dos de tanteo.
e) Rugió ¡Viva España! Y se fue. ¡Angelito! Según informes de la Guardia Civil, ni babeó ni bizqueó.
Deseando haberle complacido con el acopio de estos datos que tanto pueden redundar en el mejor provecho de su labor científica, quedo suyo afectísimo
".

Hago un nuevo inciso para aclarar que Zarra, pseudónimo de Telmo Zarraonandia Montoya (1921-2006), fue un futbolista español que jugando de delantero estuvo casi toda su carrera profesional en el Athletic Club de la Primera División de España, comúnmente llamado Athletic de Bilbao.

Cela indica un nuevo documento.

10- Desde Ronda, un cachondo que se agazapa tras el seudónimo de Robustiano Cipotón me felicita las Pascuas con unos versos que dicen:
Que esta Navidad
le traiga longevidad
y el año setenta y tres
mucha fuerza en el Kilé.

11- Expreso mi gratitud a mi comunicante con unos versos a los que titulo A Robustiano Cipotón, que no perdió la afición a utilizar del cojón la próvida munición. (Que Dios le conserve, hermano por los siglos de los siglos, un coño propicio a mano).
Decían así:
Robustiano Cipotón
es un cachondo de Ronda
que desea verrionda
y eficaz
y pertinaz
la conducta del cojón.
¡Que Dios le oiga, compañero!
Que en este mundo de mierda
no hay cipote que se pierda
por pensar
y practicar
que joder es lo primero.
¡Ay, pija devota y pía,
brújula que del cojón
marcas la dulce sazón
calentura
y polla dura
que tan sólo el catre enfría.
Robustiano Cipotón
me la desea bravía.
¡Que Dios oiga todavía,
Robustiano,
fiel hermano,
los ruegos de tu oración!
Salut i força al canut,
se desea en Barcelona
y en Gerona y Tarragona
para el quilé
y el magué.
Y el calibre del mamut.
Como el pijo de Archidona,
¡cosa bona¡,
pide al cielo para usted
su compadre emocionado
y a follar aficionado,
Cela,
Camilo José
(de La Real Academia Española,
que contra lo que se dice,
mea sola)
.

Quizá sólo reste añadir que el suceso tuvo cierta repercusión en la prensa y que, tanto Alfonso Canales como yo, recibimos algunas cartas expresadoras de los más encontrados juicios.
El día 12 de junio de 1972, el doctor M. R. M., de Alcoy, me envió por correo un cipote de plata, y el 10 de diciembre de 1973 el periodista don José Mayorga me impuso otro, del mismo noble metal, en el aeropuerto de Málaga. Hacia ambos, me cumple expresar aquí público testimonio de mi agradecido reconocimiento
.”

Termino estas líneas diciendo que según el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia la expresión cipote procede de "cipo" teniendo en su primera acepción el significado de mojón de piedra" y en la sexta, con una connotación vulgar, la de " miembro viril". A su vez cipo procede del latín cippus teniendo tres significados: el de pilastra o trozo de columna erigido en memoria de alguna persona difunta, el de poste en los caminos, para indicar la dirección o la distancia y el de un hito o mojón.

Gonzalo Antonio Gil del Águila

Granada, 15 de Marzo de 2009





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